domingo, 23 de agosto de 2009

Referendo y Hecatombe Nacional...


El referendo reeleccionista en Colombia, si tiene un camino seguro, será en todo caso el camino de la inconstitucionalidad; dicho de otra manera, es imposible que el referendo reeleccionista sea aprobado por la vía de la institucionalidad, y no estoy hablando de apasionamientos ideológicos, simplemente los términos de tiempo no son suficientes para su aprobación; y en consecuencia, cualquier perpetuación en el poder se haría quebrantando el ordenamiento constitucional, situación que hasta el momento no ha ocurrido ni en Venezuela con el propio presidente Hugo Chávez, de quien se dice es un dictador con ropaje democrático.
Les propongo la siguiente cronología – la más rápida y descabellada- para probar que no es posible el referendo, ni mucho menos la reelección:
Lunes 24 de agosto: La Cámara “trabaja afanosamente” para conseguir los votos que garanticen aprobar el referendo, pero ante la recusación de que serán objeto los 86 congresistas que son investigados preliminarmente por la Corte Suprema, se deberán enviar para estudio ante la Comisión de Ética del Congreso, eso sin contar con las excusas médicas que deberán resolver; proceso que contrarreloj y bajo el “Estado de Conmoción Hecatómbica que le han impuesto” puede tardar ocho días.
Lunes 1 de septiembre: El referendo es aprobado en la Cámara.
Martes 2 de septiembre: Se envía para la firma del Presidente.
Miércoles 3 de septiembre: La Corte recibe el referendo para control constitucional, y en los diez días hábiles que cuenta para designar ponentes, surte trámite dándole posterior traslado a la Procuraduría.
Lunes 14 de septiembre: La Procuraduría cuenta con treinta días para darle viabilidad, pero insisto, como se “trabaja afanosamente”, y se quiere dar una ayudita al gobierno, pueden resolver su viabilidad en la mitad del tiempo, es decir quince días.
Martes 29 de septiembre: A partir de este momento, los ponentes cuentan con ciento veinte días para tomar su decisión. Recordemos entre otras cosas que existe la vacancia judicial, y además que para la reelección pasada la Corte se tomó más de cinco meses para pronunciarse; aunque como vengo insistiendo, ante tanto “trabajo afanoso”, el concepto por parte de la Alta Corte se emitiría el 29 de enero de 2010. No existe la posibilidad que los magistrados de la Corte Constitucional ignoren el complejo estado actual de cosas, tales como las amenazas a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia; del hallazgo de mil millones de pesos en el apartamento de un congresista, de la financiación irregular del referendo y de los vicios de procedimiento, y que encima de eso se atrevan a pasar por encima de una jurisprudencia suya según la cual la reelección sólo se permite una vez.
El Registrador ha aclarado que el Presidente Uribe, de darse la viabilidad del referendo, está obligado a prorrogar sus aspiraciones tres meses más; es decir, que el referendo se llevaría a cabo en abril de 2010.
Si La Ley Estatutaria de Garantías, comenzando por el artículo octavo, dice expresamente que el Presidente que aspire tiene que inscribir su candidatura cuatro meses antes de las elecciones, a la sazón, la fecha precisa sería entre el 27 de enero y el 27 de febrero, no a mediados de abril; además, el artículo noveno de la ley de garantías, establece que el Presidente debe declararse candidato seis meses antes de las elecciones, cosa que Uribe tendría que hacer el 27 de noviembre de este año y, como he señalado, ni siquiera un milagro podría hacer que el referendo fuera aprobado para ese tiempo; por lo tanto, de darse el referendo, estaríamos asistiendo a la confirmación de un Estado de Opinión, que no es otra cosa que la sustitución del Derecho por la interpretación demagógica que justifica como sucede a menudo, la impunidad en magnicidios y la libertad de criminales para engrosar filas políticas, como hemos sido testigos en las últimas horas a instancias de determinaciones judiciales que involucran la dignidad de nuestro Departamento y del País.